Este lunes 6 de abril se han puesto en marcha, a bombo y platillo, las ¿ayudas? ICO… pero claro, siempre hay letra pequeña, desde Hostelería Madrid nos confirman que los bares, bares especiales, cafeterias, etc. no están incluidos por el momento en las líneas de crédito ICO y deberán pedir financiación fuera de estas condiciones.
Pero desde InmoRest Consultores tenemos una solcuion, que no pasa por cerrar, ni traspasar tu negocio de hostelería. Si tu negocio fue rentable y crees que en la era post-coronavirus todavía lo será, debers cambiar de CNAE al 56, servicios de comida y bebidas (si no lo tienes hecho así) para acceder al ICO.
Texto «oficial» sobre las Características de la Línea de Avales ICO
La Línea de Avales se aprobó con una dotación de hasta 100.000 millones de euros. El primer tramo activado tiene un importe de 20.000 millones de euros, de los cuales el 50% se reserva para garantizar préstamos de autónomos y pymes.
Con cargo a la Línea, el ICO garantizará los nuevos préstamos y las renovaciones concedidos por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias. Quedan excluidas del objeto de la Línea las unificaciones y reestructuraciones de préstamos, así como la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes.
El contrato confirma que los bancos podrán pedir los avales que cubrirán el capital pero no los intereses ni otros conceptos.
Las entidades financieras deberán mantener abiertas las líneas de circulante de sus clientes hasta el 30 de septiembre. Además, deberán transferir a sus clientes el beneficio derivado del aval público, en forma de menores intereses o mayor plazo, entre otras opciones. Asimismo, no podrán condicionar la aprobación de los préstamos a la contratación por parte del cliente de ningún otro servicio o producto.
Para asegurar un adecuado reparto de los avales entre los operadores financieros (entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de pago y entidades de dinero electrónico) se ha aprobado una distribución separada de los dos tramos. En cada uno de ellos, el importe se distribuirá entre cada entidad financiera en función de su cuota de mercado a cierre de 2019, por un lado, en relación al crédito a autónomos y pymes y, por otro lado, a grandes empresas según la información comunicada por el Banco de España.
También tendrán acceso a esta línea las entidades financieras que a cierre de 2019 no tuvieran saldo de crédito registrado en el Banco de España. Se les reservará una cuota agregada del 1%.
A partir del 30 de abril, los importes de aval asignados y no utilizados por las entidades se distribuirán entre el resto de operadores que hubieran agotado sus líneas, de forma proporcional al importe de aval que hubieran utilizado hasta dicha fecha.
Los avales concedidos por el ICO cubrirán el importe principal del préstamo impagado por el cliente, excluidos otros conceptos, como los intereses ordinarios o de demora.